Sáb. Jun 3rd, 2023
SEDE TRIBUNAL JUSTICIA CANARIAS TSJC

La Sala Penal de Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) revocó la condena de 24 años de prisión infligida por la Sección Sexta del Juzgado de Las Palmas a un acusado de abuso sexual dos hermanas menoreshijas de quien ha sido su compañera durante años.

La sentencia del TSJC, emitida este miércoles, estimaba el recurso presentado por la defensa del imputado en el que denunciaba errores en la valoración de la prueba, que también era insuficiente.

Su recurso fue apoyado por el Ministerio Fiscal, que no presentó querella contra el procesado, condenado por la Audiencia de Las Palmas el 27 de noviembre de 2022, cuando fue condenado a 12 años de prisión por cada uno de los dos delitos cometidos contra los dos menores.

La Sala Penal basa su sentencia en la contradicción de la declaración de los menores en su denuncia y en que se trata de un testimonio genérico e impreciso.

Agrega que incluso la declaración del testigo de referencia no es convincente y no fue analizada en la sentencia, lo que no argumenta por qué le da credibilidad, por lo que este testimonio, a juicio de la Sala Penal, “arroja dudas en lugar de certezas”.

En sus alegatos, también reprocha al tribunal que dictó la sentencia que «no se puede invertir la carga de la prueba para que recaiga en el imputado» por el hecho de que puede mentir o callar.

Asimismo, se refiere al tiempo necesario para interponer una denuncia, pues ocurrió cuando uno de los menores fue encontrado luego de haber huido, pues fue entonces cuando relató por primera vez los presuntos abusos.

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En sus fundamentos, la Sala del TSJC señala que la demora en presentar la denuncia requiere justificación, al tiempo que advierte que no existe prueba periférica objetiva de los hechos alegados.

La presunción de inocencia no puede ser quebrantada sin más dilación por la simple palabra del acusador, subraya la sentencia, que también pretende que el informe psicológico de los menores, elaborado a instancias del Ministerio Fiscal, concluya que la declaración del n. uno de ellos es verosímil, en el que no se notaba el estrés postraumático.

Según el TSJC, la sentencia otorgaba plena credibilidad a la declaración de las menores y, si bien afirma que es cierto que las dos hermanas compartían mucho tiempo con el novio de su madre, con quien a veces estaban a solas y había oportunidad de perpetrar los abusos denunciados, no existen elementos objetivos para confirmar.

La sentencia judicial se aparta de las conclusiones de los peritos, que afirmaron que el testimonio no es creíble, por ser injustificadamente complejo, subraya el TSJC sobre sus fundamentos.

En ellos, concluye, hay elementos imperativos que restan credibilidad a la declaración de los menores a partir del informe pericial «enérgico», las circunstancias en que se presentó la denuncia, la falta de concreción y vaguedad del relato, las contradicciones y dudas sobre la fiabilidad del testigo de referencia.

Por Jose Luis Pastor Gomez

Jose Luis Pastor Gómez es un famoso periodista español. Nació el 5 de mayo de 1966 en Madrid, España. Tras finalizar sus estudios en la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera profesional como periodista en 1988. Ha trabajado para varios periódicos y revistas como El País, El Mundo y ABC. Además, ha colaborado en diferentes programas de radio y televisión. Su trabajo ha sido reconocido con varios premios, como el Premio Rey de España al Mérito Periodístico (2001) y el Premio Nacional de Periodismo (2002). En la actualidad, José Luis Pastor Gómez es miembro de la junta directiva de la Asociación Española de Editores de Periódicos (AEDE) y de la Asociación Internacional.

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