los Corte Constitucional (TC) rechazó la solicitud del tutor legal de una enferma de Alzheimer de suspender la orden de un juez de Telde (Gran Canaria) que había autorizado la vacunación de esa mujer contra el COVID-19porque no puede decidir por sí misma. La autorización al servicio médico de la residencia donde reside la mujer para administrarle la vacuna contra el SARS-CoV-2 había sido emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Telde y luego ratificado por Juzgado de Las Palmas.
Según informó la Corte Constitucional en una nota, el tutor de la mujer “manifestó, para justificar la suspensión solicitada, que la vacunación presupone una intervención coercitiva realizada al margen de la voluntad del interesadoque pueden causar daños irreparables o muy difíciles de reparar.
Unanimidad
Por unanimidad, el Pleno de la Audiencia Nacional rechazó esta solicitud cautelar. El ponente del auto que recoge la sentencia, Pedro González-Trevijano, explica que las razones aducidas por el tutor del paciente para solicitar esta medida cautelar afectan al fondo de la controversia y, por tanto, «debe ser evaluado en la corte«.
Además, advierte que la ordenanza de 2021 que la demandante invoca con precedente a su favor “se refiere a la posibilidad de una vacunación general obligatoria prevista por una norma con rango de ley (Ley 8/2008, de Salud de Galicia modificada por la Ley 8/2021), lo que no es relevante para un caso en el que la medida está autorizada por el juez, ya que el interesado no puede consentir. Del mismo modo, explica el TC, “se consideró que la falta de vacunación da lugar, por motivos sanitarios, a una situación de semiaislamiento que incide negativamente en la compensación física y psíquica del interesado”.