Jue. Dic 7th, 2023
Al menos 129 delincuentes sexuales condenados ya se han beneficiado de la ley

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Las últimas siete rebajas trascendieron este viernes y se produjeron en el Tribunal Supremo, en la Comunidad Valenciana, La Rioja y en el País Vasco. En Canarias ha habido, de momento, nueve

Aumenta el número de agresores sexuales condenados que se han beneficiado del nuevo marco sancionador previsto por la ley del ‘solo sí es sí’ al menos 129, entre las revisiones del período inferior y las sentencias posteriores en aplicación de la ley. Un total de 17 personas fueron liberadas. Las últimas siete rebajas trascendieron este viernes y se produjeron en el Tribunal Supremo, en la Comunidad Valenciana, La Rioja y en el País Vasco.

La Audiencia Provincial de Vizcaya, en el País Vasco, ha comunicado cuatro nuevas rebajas de penas en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que entró en vigor el pasado 7 de octubre. Específicamente, modificó la sentencia a tres condenados por abuso sexual infantil: a dos se les reduce la pena de prisión de ocho a seis años y al tercero de cuatro a tres años.

tres dias menos

El cuarto caso que ha salido a la luz este viernes en el País Vasco es el de un enfermera quirófano que abusó sexualmente tres pacientes que estaban en boxesDos de ellos inconscientes. En este caso, el descuento fue por tres días.

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado en apelación la primera sentencia en esta comunidad autónoma en la que se reduce la pena de prisión de un hombre condenado por agredir sexualmente a una compañera. En concreto, de siete a cuatro años.

En la Comunidad Valenciana, el juzgado de Castellón rebajó la pena impuesta a un hombre de seis a tres años y seis meses por un delito de agresión sexual con introducción de órganos y accesos carnales.

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En el caso del Tribunal Supremo, se redujo de 12 a 10 años de prisión la pena impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual a una menor de 15 años en Almería. El Ministerio Público pidió mantener la pena de 12 años de prisión, pero el tribunal recordó que durante el juicio «todos los implicados (…) excluyeron motivos que justificasen una pena superior al mínimo legal», que luego se fijó en 12. años. Por tanto, el Tribunal Supremo concluyó que lo que ahora coincide es aplicar la pena mínima, fijada en 10 años.

La nueva ley ha supuesto que el delito de agresión sexual incorpore el de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora incluía una conducta más grave incorpora una menos grave, por lo que también se ha ampliado el abanico de sanciones para cubrir toda la gama de conductas que ahora se castigan como agresión sexual.

Casos de las comunidades autónomas

Con estas nuevas rebajas, fuentes entrevistadas por Europa Press confirman revisiones de penas y rebajas de penas en 16 comunidades autónomas.

Según los datos recogidos hasta el momento, hay 20 en Madrid, 17 en Galicia, 17 en Andalucía, 15 en la Comunidad Valenciana, 12 en Castilla y León, nueve en Canariasocho en el País Vasco, siete en Extremadura, cinco en Cantabria, cuatro en Cataluña, cuatro en Asturias, cuatro en el Tribunal Supremo, dos en Baleares, dos en Murcia, uno en Castilla-La Mancha, uno en Navarra y uno en La Rioja.

De estos 129 casos, 17 dieron como resultado la liberación de condenados: seis de Madrid, dos de Baleares, dos de Galicia, dos de la Comunidad Valenciana, dos de Cantabria, uno de Extremadura, uno de Castilla y León y uno en el País Vasco – por auto del Tribunal Supremo.

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En Galicia, en uno de los 17 casos de reducción registrados, se acordó la excarcelación de un hombre condenado por violencia sexual que había cumplido 11 de los 12 años de prisión que le impusieron, porque -según la nueva ley- debería haber sido condenado a siete años. En otro caso, se redujo en dos años la condena de un hombre que violó a una mujer que conoció a través de Tinder en Cambre.

En Cantabria, que ya tiene cinco casos, hay dos reducciones de siete años de prisión cada una. En concreto, pasaron de penas de 18 años de prisión a penas de 11 años por agresión sexual a una joven en un albergue de Santander.

22 ventas en un día

Hasta ahora, el día que más ventas registró fue el pasado 16 de diciembre, cuando se registraron 22 en 24 horas. La lista saltó del 65 al 87 un día después de que la justicia de Córdoba anunciara que había reducido las penas de prisión en 11 de las 32 condenas que había revisado bajo la ley «solo sí es sí».

La Audiencia de Córdoba precisó que en dos de estas sentencias se redujeron dos años de prisión para cada reo; en otros, un año, y en otros, varios meses.

En Castilla y León se han registrado otras tres rebajas, en concreto, en la Audiencia de Zamora. Asimismo, Galicia ha registrado otras tres rebajas: dos en la Audiencia de Pontevedra y una en A Coruña.

El País Vasco, por su parte, sumó dos ventas ese viernes. El juzgado de Álava rebajó la pena de prisión de 12 a siete años para dos mujeres condenadas por agredir sexualmente a otra mujer en prisión.

Ese mismo viernes, en Canarias, el juzgado de Las Palmas modificó las penas de prisión de dos hombres por tentativa de agresión sexual y las redujo de cinco a tres años y 11 meses.

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La 22ª reducción tuvo lugar ese día en Cantabria, donde se redujo de seis a cuatro años la pena de prisión de un hombre por agredir sexualmente a otrocon quien compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander.

La sentencia del Supremo

la semana pasada, el Corte Suprema estableció que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual Es «obligatorio» porque es «más favorable» al reo lo hizo en la sentencia dictada en la resolución de los recursos de apelación del ‘caso Arandina’, cuya sentencia fue adelantada el pasado 29 de noviembre, pero se conoció íntegramente este miércoles.

El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la reforma penal al revisar la sentencia del ‘caso Arandina’ y condenó a dos exjugadores de ese club de fútbol a nueve años de prisión -y no a los 10, como pedía la fiscalía- por aplicar la ley de «sólo el sí es sí».

Los magistrados elevaron las penas -de los cuatro a los tres años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la similitud de edad y madurez entre el condenado y la víctima.

El Tribunal Supremo ha rebajado cuatro penas por delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal.

Las fuentes consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican descuentos Aumentará en los próximos días. ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.

Por Jose Luis Pastor Gomez

Jose Luis Pastor Gómez es un famoso periodista español. Nació el 5 de mayo de 1966 en Madrid, España. Tras finalizar sus estudios en la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera profesional como periodista en 1988. Ha trabajado para varios periódicos y revistas como El País, El Mundo y ABC. Además, ha colaborado en diferentes programas de radio y televisión. Su trabajo ha sido reconocido con varios premios, como el Premio Rey de España al Mérito Periodístico (2001) y el Premio Nacional de Periodismo (2002). En la actualidad, José Luis Pastor Gómez es miembro de la junta directiva de la Asociación Española de Editores de Periódicos (AEDE) y de la Asociación Internacional.

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