La Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT) expresa su profundo pesar ante la Sentencia 000357/2025 emitida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo N.º 3 de Las Palmas, la cual ratifica una multa impuesta por la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias a propietarios que hacen uso residencial de sus viviendas. Esta decisión judicial representa un duro golpe para miles de familias canarias y confirma la injusticia institucional generada por la Ley 2/2013 aplicada por dicha Consejería.
La resolución judicial afecta a propietarios que adquirieron sus viviendas sin restricciones hace décadas, validando un modelo que les priva de la posesión y uso de sus hogares. La Sentencia ignora el derecho adquirido de los propietarios, aplicando el principio de «infracción permanente» para sancionar el uso actual, lo que vulnera la seguridad jurídica y la confianza legítima de los afectados. Además, niega el «uso consolidado» al rechazar una interpretación de la Ley 2/2013 que les dejaba en una posición legal protegida.
La Sentencia consagra y protege el monopolio turístico al mantener el principio de «Unidad de Explotación», obligando a los propietarios a ceder sus viviendas a operadores turísticos y limitando su uso a criterio de dichas empresas, sin permitir la negociación o uso propio.
La PALT denuncia que esta Sentencia no es simplemente una multa, sino que legaliza el despojo de los hogares de los residentes canarios a favor del lobby turístico, violando principios fundamentales del mercado, el Código Civil y la Constitución Española. Se señala que la Ley 2/2013 y el planeamiento urbanístico promovido están al servicio del monopolio turístico, llevando a una expropiación encubierta del patrimonio de miles de familias sin proporcionar una justa compensación.
Se hace un llamamiento urgente a los legisladores para modificar la Ley 2/2013 y garantizar el uso residencial de todas las viviendas adquiridas por residentes antes de su entrada en vigor. Se exige una definición clara de lo que constituye un establecimiento turístico y un respeto estricto a las normas para evitar que la interpretación parcial de dicha Ley resulte en la pérdida forzosa del uso de la propiedad de los afectados.
La situación de Antonia, propietaria afectada cuya única propiedad está en juego, ejemplifica la injusticia de esta Sentencia. La falta de alternativas y la presión para ceder su propiedad para fines turísticos resultan en una situación desesperada para ella y su familia.
En general, se destaca que la Ley 2/2013 está perjudicando gravemente a más de 200.000 residentes en Canarias, vulnerando su derecho constitucional a una vivienda digna. Se insta a los legisladores a ponerse del lado de la ciudadanía y no del lobby turístico, y se reafirma la determinación de la PALT de seguir luchando por el derecho a la vivienda en todos los ámbitos judiciales y políticos.
En conclusión, se exige la derogación de los artículos 5.1, 23 y 25 de la Ley 2/2013, así como una especialización que refleje la realidad física y jurídica de los residentes canarios y permita a los Ayuntamientos planificar el desarrollo de las comunidades de acuerdo con sus necesidades. ¡Canarias es de la ciudadanía, y nuestra casa es nuestra!
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