los Juzgado de Primera Instancia de Las Palmas de Gran Canaria rechazó la reclamación de un casero contra su inquilino al que pedía 72 euros. En febrero de este año, la inquilina recibió un burofax informándole de la actualización de la renta, De 400€ a 432,40€conforme a una cláusula que establecía que la renta del contrato debía actualizarse a la fecha de celebración del contrato, y que la fecha de referencia para este aumento de renta era diciembre de 2017.
El inquilino se negó a pagar la cantidad solicitada por la casera y en lugar de pagar los 432,40 euros pagó la cantidad de 414,40 €, 18 euros menos de lo que exige el inquilino. En caso de que pidan el pago inmediato de 4 meses de atraso que se suman al monto de 72 euros o en su defecto, tuvo que abandonar la vivienda situada en Las Palmas de Gran Canaria.
Un error
la pareja de pedro garcia, el abogado del inquilino se opuso al desalojo porque fue un error. Ese contrato con fecha de diciembre no existió. El inquilino firmó un nuevo contrato sobre la misma casa, pero lo había hecho en septiembre de 2019 y no en diciembre de 2017.
«No se firma una renovación de contrato o extensión de contrato el 1 de septiembre de 2019, firmar un nuevo contrato de arrendamiento entre las partes, con todas las consecuencias que ello conlleva, dejando sin efecto cualquier cláusula del contrato estipulado entre las partes en 2016”, motiva el juez en la sentencia. La inquilina ha sido absuelta y podrá seguir viviendo en la casa que tiene alquilada desde 2016. Su casera deberá pagar las costas del juicio. La sentencia no es firme y hay apelación.