El 19 de julio de 1823, 36 años después del Rey Carlos III Prohibido realizar entierros por Real Orden en iglesias, fue bendecido oficialmente por el Vicario y Beneficiario de la parroquia de La Concepción de La Orotava Domingo Curras Abreu el Cementerio Católico de la Villa de La Orotava. El cementerio ya era una necesidad urgente en la Villa por aquellos años, tanto que tanto las iglesias como las ermitas ya no daban para acometer tantos entierros y los dos cementerios temporales que se crearon con urgencia en 1816 (en la demolida iglesia de San Francisco) y 1821 (en el suprimido convento de los padres agustinos) no ayudaron a resolver el problema.
Durante años y como era costumbre en todos los lugares, los fieles eran enterrados en iglesias, y en el caso de La Orotava comenzaron a ser enterrados primero en la iglesia de La Concepción, no en vano su curaduría data de 1503, pero pronto también se le hizo enterrar en todos los conventos y ermitas del municipio.
El hecho de que La Orotava tardara tanto en tener un cementerio permanente, a pesar de la RO de Carlos III, no la diferencia del resto de municipios de las islas, ya que, como señala Francisco José Galante en su libro Los Cementerios: otra lectura de la ciudad burguesa, “en Canarias se violaron en varias ocasiones aquellas disposiciones reales”, según él, basándose la construcción de dichos cementerios en una disposición dictada por la Real Audiencia en 1807. Esta ley junto con la ley higiénica mejoras «pensadas antes de que los continuos brotes epidémicos provocaran la rápida construcción de cementerios. Ejemplo de ello es el hecho de que cementerios como el de Santa Cruz de Tenerife o el de Las Palmas de Gran Canaria se empezaran a construir en 1811, fecha también muy lejana a la RO de Carlos III, como el de La Laguna. , que en 1807 ya petición del párroco de Los Remedios Pedro José Bencomo bendijo su cementerio temporal.
Otros casos son aún más llamativos, ya que municipios como Vilaflor de Chasna, que enterraba a sus feligreses tanto en la iglesia de San Pedro como en el convento agustino de San Juan, siguió enterrando en dicho convento hasta 1901. Valverde, en El Hierro, bendijo su cementerio en diciembre de 1868. Santa Cruz de La Palma se empezó a construir en 1874, y el de Arico data de 1925.
Pero a pesar de todo esto, La Orotava pudo haber sido el primer municipio de Canarias en tener un cementerio municipal, ya que como comenta Antonio Luque Hernández en su libro La Orotava, corazón de Tenerife, “el primer proyecto de necrópolis municipal de La Orotava se remonta a al año 1790, y fue obra del teniente coronel Juan Antonio de Urtusaústegui y Lugo, quien decidió situarlo junto al nuevo templo de Nuestra Señora de la Concepción”. presentado».
Como ya hemos señalado, en La Orotava los entierros se realizaban en la parroquia de La Concepción, pero cuando comenzaron en ella los problemas de salud por la gran cantidad de entierros, hubo que realizar los entierros tanto en ermitas como en conventos, para aflojar un poco la presión sobre la iglesia parroquial. Los primeros lugares utilizados fueron los conventos de San Francisco y San Nicolás Obispo, regentados por monjas catalanas de la Orden de Santo Domingo. Pero muy pronto se les unieron el resto de conventos y ermitas de San Roque y San Sebastián y, sobre todo, el de San Juan (convertido en parroquia en 1681).
A finales del siglo XVII La Orotava contaba con cinco conventos, tres de hombres y dos de mujeres: el de San Lorenzo para los frailes franciscanos, el de San Benito para los dominicos, el de San José para las Clarisas de la Segunda Orden de San Francisco, la de San Nicolás Obispo, propiedad de las monjas Catalina de Santo Domingo, y la de Nuestra Señora de Gracia, propiedad de padres agustinos, todas ellas utilizadas en mayor o menor medida como lugar de enterramiento, y no sólo para los patronos de las capillas, sino también por la misma ciudad en general. Además, también contó con varias ermitas y el Hospital de la Santísima Trinidad, que también se convirtieron en lugares de enterramiento. Este último, por ejemplo, enterró el cadáver del joven hierro de 21 años, Pedro Machín, el 17 de mayo de 1690, fallecido en dicho centro de salud.




PARROQUIA DE SAN JUAN
Durante el siglo XVIII, y una vez convertida en parroquia la ermita de San Juan, sus fieles fueron enterrados en dicha iglesia titular, salvo casos esporádicos en los que se realizaron sepulturas tanto en el convento de San Francisco como en el de Santo Domingo. también como en 1711 y 1712, y esporádicamente, en la misma parroquia de La Concepción. Pero por lo general todos estaban en San Juan, iglesia que a mediados de ese siglo contaba con 14 hileras de sepulcros que se ubicaban en la nave principal. La situación se mantuvo en dicha iglesia parroquial durante el siglo XIX hasta que el 2 de junio de 1816 se bendijo el cementerio provisional en un terreno contiguo al convento franciscano.
PARROQUIA DE LA CONCEPCIÓN
El caso de la parroquia de La Concepción fue muy similar al de San Juan durante la primera mitad del siglo XVIII, ya que los fieles eran enterrados mayoritariamente en su propia iglesia, aunque a partir de la segunda mitad del siglo comenzaron los entierros en otras iglesias, como los de los conventos de Gracia o San Nicolás, que llegaron a finales de dicho siglo a ser enterrados más fuera de La Concepción que dentro de ella, destacando Santo Domingo y San Lorenzo como los lugares más frecuentados, sin olvidar San Agustín y el Hospital Trinità .
Hay que recordar que este siglo fue muy importante para la iglesia de La Concepción, no en vano y debido al lamentable estado en que quedó tras los terremotos del volcán de Güímar, tuvo que ser derribada en 1768, para poder levantarse de nuevo. a su estado actual. Durante el siglo XIX vuelven a aumentar los enterramientos en la iglesia parroquial, hasta que en octubre de 1812 se decide de nuevo el enterramiento al aire libre, pero sólo hasta julio del año siguiente. La Concepción también enterró a sus fieles en el cementerio temporal habilitado por la corte junto al convento de San Francisco.
LA CONSTRUCCIÓN
Aunque la publicación del Decreto Cortes en noviembre de 1813 animó de nuevo a La Orotava a construir un cementerio permanente que paliara los problemas insalubres que padecían sus iglesias y ermitas, no sería hasta agosto de 1817 cuando se empezaron a dar los primeros pasos en este dirección. En esa fecha se creó una comisión en el seno del Consejo Superior de Sanidad que escogió unos terrenos del Marqués de Torrehermosa como aptos para la construcción del cementerio, y comenzó a ejecutar las obras, a pesar de la escasez de recursos municipales. Pero debido primero a problemas de legitimidad y valor de estos terrenos y luego a la falta de recursos económicos para llevar a cabo las obras, se retrasaron varios años. Como hemos visto, la situación en octubre de 1821 era insostenible y tanto la parroquia de La Concepción como la de San Juan ya no permitían los entierros en sus iglesias.
Como señala Juan Alejandro Lorenzo Lima en su obra Un aspecto olvidado de Fernando Estévez. Su labor como urbanista en La Orotava, uno de los grandes lastres para recaudar fondos para el cementerio, fue la falta de apoyo económico del beneficio Concepción. Como ya hemos comentado, esta iglesia fue utilizada por ambas parroquias desde el siglo XVII para albergar nuevos entierros, pero la situación ya era insostenible, cesando los entierros en marzo de ese año 1823.
A principios de julio, mientras la parroquia de San Juan sepultada en San Agustín y la de La Concepción lo hacían en la ermita de San Sebastián, pese a que ambas ya presentaban elevados índices de insalubridad, el Ayuntamiento, ante la urgencia de abrir dicho cementerio, se acordó “sin perder tiempo se procede a armar el portón provisional que ya se construyó y se cierra el cementerio a la altura de dos varas en su totalidad”. A los pocos días, el cierre definitivo de San Agustín y San Sebastián obliga a bendecir el cementerio y ordenar que el mismo día se celebre el primer entierro en dicho cementerio. Pero, a pesar de que con la bendición del cementerio se pensaba que cesarían los problemas, esto no sucedió, ya que el Marqués de Torrehermosa presentó una denuncia ante el Ayuntamiento por «el lugar por donde había que entrar para enterrar a los cadáveres en el mismo cementerio… cruza el frente de la parte de atrás de su casa donde dice que planea construir un parque infantil”.
A finales de 1823 se completó el cementerio de La Orotava, construido según proyecto de Fernando Estévez, aliviando finalmente la presión de enterramientos sobre las iglesias y ermitas de la Villa. Fernando Estévez (1788-1854) es uno de los artistas más importantes en el contexto canario del siglo XIX y no sólo por su faceta de creador de imágenes, sino también por su carácter polifacético que le otorga su trabajo como artista de pale d’ monaguillo, pintor, urbanista y orfebre.
En duda
El cementerio católico de La Orotava fue declarado por el obispado nivariano lugar profanado u objetable, por haber permitido el entierro de José Nicolás Hernández, miembro de la logia masónica de Orotava Taoro nº 90, fallecido en La Orotava en noviembre de 1878. Dicho cementerio Fue declarado cuestionado con sentencia de 23 de diciembre del mismo año. Y la situación empeoró aún más, cuando poco después se permitió el entierro de otro masón, el 8º Marqués de la Quinta Roja Diego Ponte y del Castillo, pese a la negativa del párroco de Concepción José Borges Acosta. Esto hizo que el cementerio permaneciera como un lugar profanado durante más de 26 años, tiempo necesario para que el obispado decidiera levantar «el entredicho que pesa sobre el cementerio católico de La Orotava». (Para más información, ver Masonería e Intolerancia en Canarias: El Caso del Marqués de la Quinta Roja” de Nicolás G. Lemus y José M. Rodríguez Maza)
Como hemos visto, desde los primeros años de funcionamiento del cementerio se ha requerido un lugar para quienes fallecen fuera de la comunión católica. Es decir, y según el derecho canónico para los miembros de sectas heréticas o cismáticas como la masonería y similares; excomulgado; suicidio; pecadores públicos, e incluso aquellos a quienes se les quemó el cuerpo, a menos que hayan dado alguna señal de arrepentimiento. Además, según el Concordato de 1851, no se impondrá ningún tipo de impedimento a los prelados o ministros de la Iglesia en el ejercicio de sus funciones. Y esto, sumado al conflicto generalizado sobre la propiedad de los cementerios y sobre quién debía tener la llave del recinto, independientemente de la autoridad eclesiástica o de los ayuntamientos, provocó numerosos problemas. En 1904 se planteó la cuestión cuando el obispo reconoció que no se podía probar que el marqués fuera masón y dado que, según le había informado el alcalde, los restos de José Nicolás Hernández «que estaban enterrados en el Cementerio Católico pero separados por un cerco de madera sin ningún signo religioso, fueron trasladados hace años al osario general por la necesidad de remover repetidamente el terreno que ocupaba para el entierro de otros cadáveres”.
Pero esta situación no sólo se ha producido en La Orotava. Por ejemplo, los dos cementerios de Santa Cruz de Tenerife, el de San Rafael y San Roque y el de Santa Lastenia, también fueron sancionados por el obispado. El primero, en 1913, por enterrar a un niño no bautizado y luego permitir que la tumba no se cercara con una valla de madera, como exige la ley. Lo que pasó con Santa Lastenia fue aún más grave, porque aún sin bendición los cadáveres ya estaban enterrados sin avisar a la Iglesia y permitiendo que fueran enterrados «católicos, no católicos y suicidas». Otro ejemplo es el de Tazacorte, cuyo párroco informó al obispado en 1939 de que el cuerpo de Manuel Lorenzo Gómez había sido enterrado sin su consentimiento, por considerarlo indigno de sepultura eclesiástica.