El perito de la defensa de Ramírez refutó que la Hacienda Pública no hiciera los cálculos correctos para determinar qué cantidades correspondían a dietas y cuáles a indemnizaciones
El inspector coordinador de delitos contra la hacienda pública, Pedro Bermejoafirmó este martes ante el Juzgado de Las Palmas que Completa seguridad canaria (SIC) «camuflado» como prestación horas extraordinarias y otros subsidios salariales y que lo hizo «a sabiendas y voluntariamente».
En la séptima sesión del juicio contra el empresario Miguel Ángel Ramírez y director único de SIC desde 2011, Héctor de Armascomo presuntos autores de fraude contra la Seguridad Social y el Agencia TributariaBermejo dijo estar impresionado por la cantidad reportada por Seguridad Integral por concepto de viáticos en 2009ya que ascendía a más de 8.000.000 euros.
Asimismo, lo defendió en una empresa con más de 2.000 trabajadorescomo ocurrió con la SIC, es «ineficaz» exigir al trabajador la retención de beneficios y subrayó que la Corte Suprema Ha dictado sentencias en las que es el pagador quien debe ser investigado para verificar si las dietas están exentas de cotización, que son las que corresponden a alimentos, viajes y dietas.
Bermejo destacó que la Unidad de Grandes Empresas (UGE) de la Seguridad Social, que inspeccionaba la SIC cada cuatro años -una costumbre común en este tipo de empresas- «nunca» cuestionó los cheques «y nunca se le ocurrió que no lo fueran», y por eso llegó a acuerdos de reconocimiento de deuda.
Además, precisó que las liquidaciones que hace la CGU son provisionales.
Obstáculo en la entrega de la documentación
El inspector de trabajo y seguridad social de Las Palmas, Ana Péreztambién fue ratificado este martes en sus informes en relación a lo que argumentó la SIC por los montos que dejó de cotizar entre años 2009 y 2017 para «camuflar como dietas extraordinarias y otras nociones retributivas» tanto por la extinción del convenio colectivo en marzo de 2012 como por el segundo convenio aprobado por éste en 2013, ambos anulados por el juez.
Según el inspector, a pesar de las sentencias que los anularon, la empresa no aplicó el art. contrato sectorialsino que aprobó su propia segunda liquidación al día siguiente de la publicación de la decisión Tribunal Superior de Justicia de Canariaspero también indicó que la SIC no estaba respetando sus propios convenios y mezclaba uno y otro, y no los aplicaba por igual a sus propios trabajadores.
El acto de falsificación contra la SIC se abrió porque los hechos que denunciaba eran «extremadamente graves»; no solo por la cantidad que no había sido presupuestada, sino por el «gran daño» que supuso para los trabajadores, indicó el inspector, quien indicó que la actuación de esta empresa fue un «desastre» porque se trataba de dinero que no recaudaba. Seguridad Social.
en el concepto de responsabilidad civilLa Seguridad Social espera que la SIC pague 17 millones de euros para el partido que ha dejado de cotizar por no aplicar el pacto sectorial, y otros 14 por ello ha dejado de cotizar en dietas y otros conceptos, con el objetivo de «aumentar su facturación y aumentar la plantilla», según el Fiscal de delitos económicos.
En su declaración, Ana Pérez también señaló la dificultades con lo cual fue encontrado por la SIC para facilitar la información que solicitaronpor lo que abrió una escritura de multa por obstrucción.
Califica los acuerdos de «imprecisos e imposibles»
Asesor fiscal e inspector de Hacienda en excedencia Juan Luis Sendínpropuesto como experto en defensa de Ramírez, fue ratificado en sus dos informes y adenda sobre liquidaciones requeridas a la SIC entre los años 2009 y 2017, lo que calificó de «inexacto e imposible» al no reconocer que hubo indemnizaciones e indemnizaciones en la empresa durante ese período.
Sendín dijo al Tribunal que, en este caso, «la Agencia Tributaria aplicó el derecho administrativo en lugar del derecho penal» y que también se debe realizar una investigación «más profunda» a la empresa, como exigen distintas jurisprudencias del Tribunal Supremo.
Y así se dijo haberlo hecho tanto en los informes de Hacienda de los años 2008 y 2009, como en los posteriores en los que ya se había designado la asistencia letrada de Hacienda por parte del investigador del caso, a quien, a su juicio, el Se debió solicitar el registro de la empresa, pero no se hizo.
Por la propia actividad de SIC y por ser la empresa de seguridad que mayor servicio prestaba en Canarias y además operaba en distintos puntos de la península, necesariamente tenía que haber viajes en la empresa y, por tanto, diarios, asumió. .
«Una propuesta de conciliación que no permita viáticos no es razonable» y ni siquiera es «posible», subrayó el experto, quien insistió en que para llevar a cabo las liquidaciones había que determinar el monto de los viáticos e indemnizaciones. determinado, ya que argumentó que «en el ámbito penal es necesario determinar la cuantía exacta del impuesto que se reclama».
Asimismo, defendió que la Agencia Tributaria contaba con medios suficientes para reclamar a los trabajadores a fin de conocer el daño que se causó a la hacienda pública.
Para este experto, las comparaciones realizadas por el inspector de Hacienda designado como asesor legal también carecen de «credibilidad», Alejandro Miñocon otras empresas del sector sin identificarlas.
Por todo ello, concluyó que “el delito fiscal no puede fundarse porque no se han aportado documentos que lo acrediten”.
El juicio continuará este miércoles con la declaración de los acusados, Ramírez y De Armaspor lo que el Ministerio Público de Delitos Económicos solicita la pena de no 21 años de prisión Y 105 millones de multaen el caso del también presidente de la UD Las Palmasy 14 años de prisión e 79,32 millones de multapara el segundo.
El Seguro Social, el IRS y el sindicato USO, querellante en el caso, también aparecen como cargos en el caso.