La Asociación Unificada de la Guardia Civil, a través de sus servicios jurídicos en Las Palmas, obtuvo un fallo a su favor en defensa de los derechos de uno de sus miembros. Según la referida sentencia, a la que tuvo acceso Atlántico hoyEl Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) da la razón a un guardia adscrito a la Comandancia de Las Palmas, que denunció a sus superiores porque le habían denegado la petición de disfrutar de un día libre para asuntos privados. Además, se condenó en costas a la Dirección General de la Guardia Civil.
Detalla la sentencia del TSJC en sus Fundamentos de Derecho la de “El resultado del examen de los documentos que integran el expediente, así como de los que contribuyeron al juicio, no puede tener otra consecuencia que la de acoger el presente recurso judicial, ya que es inaceptable que el órgano competente para resolver la solicitud imponga dos actos diametralmente opuestos en el mismo día; no, al menos, en perjuicio del interesado”.
Cambiaron de opinión en menos de 24 horas
“La jurisprudencia impide que la existencia de defectos procesales impida el cumplimiento de las obligaciones cuando éstas sean imputables exclusivamente a quien las invoca, de conformidad con el principio general del derecho (…) según el cual nadie puede aprovecharse de su propia torpeza”, reza el acto judicial. En este caso, el Jefe de Unidad dictó una primera resolución entendiendo que concedía el citado permiso, pero menos de 24 horas después dictó una segunda resolución denegando el mismo permiso.
Pese a la anomalía de estas dos resoluciones, su superior jerárquico rechazó el recurso presentado por el interesado. “Lo que ha causado un grave perjuicio al agente, aumento de trabajo en la Administración de Justicia, menoscabando la buena imagen de la Institución frente al personal de la Ministerio de Justicia ehHa generado gastos para todos los ciudadanos cuantificados por la defensa en 2.832 euros, que serán sufragados por la Guardia Civil con los impuestos de todos los contribuyentes, dinero con el que se podrían pagar más de 30 servicios extraordinarios de agentes”, explicó la Augc.
Crítica del corporativismo
“Una vez más tenía que ser un órgano judicial, ajeno a la estructura de la Dirección General de la Guardia Civil, cualquiera que reconozca la vulneración de los derechos de un guardia civil, anulando aquellos actos administrativos por ser contrarios a la ley”, subrayan los miembros del sindicato de la Guardia Civil.
Según el sindicato, con argumentos tan contundentes como los presentados, “Lo que demuestra que algunos mandos de la Guardia Civil aún priman el corporativismo sobre los derechos de los agentes de la Guardia Civil. que prestan servicio en las Unidades que dirigen».