urbanismo
Sala III de
El Tribunal Supremo ha Desestimó el recurso presentado por el Cabildo Insular de Aguas de Gran Canariael Cabildo Insular de Gran Canaria y la Comunidad Autónoma de Canarias, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por la que se declara el Decreto 373/15, de 7 de diciembre, del Ministerio de Políticas Territoriales, Sostenibilidad y Seguridad del nulo gobierno de Canarias, por el que se aprueba el “Plan para la modernización, mejora y aumento de la competitividad de la zona de El Veril (municipio de San Bartolomé de Tirajana, Gran Canaria), cuyo objeto era promover y facilitar la instalación de un gran parque acuático (Siam park), siendo la empresa promotora »Loro Parque, SA
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La Autoridad Suprema concluye que el procedimiento para el otorgamiento de la concesión del parque acuático, objeto del Plan,
no registró la existencia de recursos hídricos. El Alto Tribunal subraya que no consta que en el procedimiento de otorgamiento de la concesión se emitiera un informe para garantizar la existencia y disponibilidad de dichos recursos hídricos, requiriendo la desestimación del recurso.
En la sentencia confirmada,
el TSJ de Canarias declaró nulo el Plan argumentando que faltaba el preceptivo informe del Consejo Insular de Aguas sobre la existencia de los recursos hídricos necesarios, ya que el informe que trabajó sobre las intervenciones no presentaba los requisitos mínimos sustanciales en relación con la existencia y suficiencia actual de los recursos hídricos para atender las nuevas necesidades derivadas del Plan de Modernización (que implicó la construcción de un parque acuático, un hotel, restaurantes y cafés).