Imagen de archivo de la droga interceptada en el Titan III, en 2018, en el puerto de Las Palmas.
el tráfico de drogas
En el puerto de Las Palmas se realizó el registro del remolcador, donde se transportaban 1,7 toneladas de cocaína
La Audiencia de Pontevedra ha dictado penas que van desde
tres y doce años de prisión para las catorce personas que aceptaron presentar más de
1,7 toneladas de cocaína a bordo del remolcador Titán III, que estaba matriculado en el puerto de Las Palmas.
Once de ellos fueron condenados como autores materiales y tres como cómplices, según la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Todos fueron condenados por cometer un
Delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que causan daños graves a la salud, contribuyendo al subtipo superagravado de extrema gravedad, por la cantidad de drogas y el uso de embarcaciones.
Además de la pena de prisión, el tribunal, que absolvió a cinco sospechosos, ha impuesto multas que van desde
60 y 354 millones de euros.
Los magistrados creen que todos ellos «formaban parte del operativo» y, por tanto, «conscientes de la considerable cantidad de droga» que transportaba el Titán III y que habría sido retirada con la intervención de otro buque, el pesquero Semper Cacharelos. .
La droga interceptada habría alcanzado un valor en el mercado ilícito de más de 59 millones
La droga transportada por el remolcador, embarcado el 7 de agosto de 2018 entre las Azores y Madeira cuando el barco resultó dañado en alta mar, alcanzaría un valor de mercado ilícito de
más de 59 millones de euros.
Inicialmente, según la sentencia, se encontraron amontonados 14 fardos de cocaína y, en el puerto de Las Palmas, donde el barco fue allanado por ley, se encontraron los restantes 70 fardos de cocaína que componían el cargamento, consistentes en un total de 84 pacas.
Al día siguiente, el arrastrero Semper Cacharelos fue abordado a 110 millas del punto de encuentro acordado para el trasiego de droga que recibiría del Titán III.
El tribunal tiene probado en la resolución que, entre los meses de enero de 2017 y agosto de 2018, tres de los condenados y la esposa de uno de ellos, que colaboraba con él, se encargaron de «coordinar la obtención del cargamento de cocaína con los quienes podían realizar el transporte transoceánico y disponían de los medios para completar la expedición.
Según los jueces, a otros seis internos se les encomendó «asegurar el suministro de cocaína y
permitir su introducción en el territorio nacional«, mientras que el trabajo de los otros cuatro era cuidar el transporte transoceánico del cargamento de cocaína que cargaba el Titán III para transbordarlo al Semper Cacharelos.
En la sentencia, el Alto Tribunal rechaza la apelación de las intervenciones telefónicas solicitadas por las defensas y excluye también la ruptura de la cadena de custodia deducida por éstas.
Por ello, se destaca que la cantidad de droga que se cargó en el Titán III es la misma que consta posteriormente en el informe del abogado de la administración de justicia, “no cabe duda de que el Titán y Vigilancia Aduanera patrullaron otra cantidad”. transbordado’.
Tampoco ha quedado acreditado que la patrullera que remolca al Titán haya trazado una ruta diferente a la de Las Palmas, «adoptada por la meteorología y sin otra razón espuria».
Los magistrados indican que se demostró “cómo se descargó la droga y quién y de qué forma se hizo cargo de ella, así como su posterior análisis y pesaje”.
La sentencia dictada por la sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, no es firme y contraria
es posible apelar.