Las Palmas de Gran Canaria (Efe) en apuros en Tebeto, una playa sin socorrista y catalogada como peligrosa, pero en la que ni siquiera había un cartel avisando de sus riesgos.
La sentencia, adelantada por la cadena SER, anula una resolución anterior del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, que argumentaba que no se podía culpar al Ayuntamiento de la muerte de Arturo FB, acaecida el pasado 15 de abril. , 2020, de 15:30 a 15:50
El juez que dirimió este litigio en primera instancia reconoció que el Consistorio había incumplido su obligación legal de advertir a los ciudadanos de los peligros de esa playa al prohibir el baño, pero precisó que no fue el bañista sorprendido por la bravura del mar el que se ahogó. olas -que logró salir del agua-, sino un habitante de la isla que se arriesgó a zambullirse para ayudarla.
Y, a su juicio, con ello se rompió el «vínculo de causalidad» necesario para responsabilizar económicamente al Ayuntamiento de La Oliva por los perjuicios causados por la muerte de Arturo FB a su mujer, hijo y padre.
Según su tesis, si la mujer ahogada hubiera sido la bañista, se podría concluir que murió por un mal funcionamiento de los servicios públicos, pero como el hombre que quiso salvarla fue quien perdió la vida, se podría argumentar que asumió los riesgos de ese rescate y que fue culpable de su propia muerte.
El TSJC no está de acuerdo categóricamente. “Si admitimos que el difunto actuó con culpa”, respondieron los magistrados que integran la Sala, también debemos admitir que la conducta correcta fue presenciar desde la orilla el ahogamiento del bañista”.
La Sala aplica a este caso la misma solución que dio a otro muy similar ocurrido en Mogán (Gran Canaria) en 2012, y añade las circunstancias que, a su juicio, hacen responsable económicamente al Ayuntamiento de La Oliva de esa muerte.
“Don Arturo”, razonó el tribunal, “no tenía medios para conocer y evaluar la magnitud del peligro que asumía al tirarse al mar para salvar a una persona en peligro. Tomó una decisión noble, pero no la correcta debido a la falta de información necesaria, como una bandera roja o señales de advertencia, advirtiéndole del peligro real que existe».
Por ello, se pronuncia que existe «plena responsabilidad por el resultado lesivo del Municipio de La Oliva, titular del servicio», ya que «la playa, el día de la muerte del señor Arturo, estaba abierta para el baño sin ninguna aviso del peligroso estado del mar; no ha ondeado ninguna bandera roja de peligro, ni ha sido cerrado a los usuarios EFE