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Al menos 129 agresores sexuales condenados ya se han beneficiado de las penas de la ley "solo el sí es sí"

Las últimas 7 ventas trascendieron este viernes y se produjeron en el Tribunal Supremo, en la Comunidad Valenciana, La Rioja y País Vasco

MADRID, 24 de diciembre (EUROPA PRESS) –

El número de agresores sexuales condenados que se han beneficiado del nuevo marco disciplinario inserto en la ley del “solo sí es sí” asciende al menos a 129, entre revisiones de penas menores y posteriores condenas en aplicación de la ley. Un total de 17 personas fueron liberadas. Las últimas 7 rebajas trascendieron este viernes y se produjeron en el Tribunal Supremo, en la Comunidad Valenciana, La Rioja y en el País Vasco.

La Audiencia Provincial de Vizcaya, en el País Vasco, ha comunicado cuatro nuevas rebajas de penas en aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que entró en vigor el pasado 7 de octubre. En concreto, modificó la pena de tres condenados por abuso sexual de menores: se redujo la pena de prisión de 8 a 6 años para dos y se redujo la pena de 4 a 3 años para el tercero.

El cuarto caso que ha salido a la luz este viernes en el País Vasco es el de una enfermera de quirófano que abusó sexualmente de tres pacientes que estaban en boxes, dos de los cuales estaban inconscientes. En este caso el descuento fue por 3 días.

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha dictado en apelación la primera sentencia en esta comunidad autónoma en la que se reduce la pena de prisión de un hombre condenado por agredir sexualmente a una compañera. En concreto, de 7 a 4 años.

En la Comunidad Valenciana, el juzgado de Castellón rebajó la pena impuesta a un hombre de 6 a 3 años y 6 meses por un delito de agresión sexual con introducción de miembros corporales y acceso carnal.

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En el caso del Tribunal Supremo, se redujo de 12 a 10 años de prisión la pena impuesta a un hombre por un delito de agresión sexual a una menor de 15 años en Almería. El Ministerio Público pidió mantener la pena de 12 años de prisión, pero el tribunal recordó que durante el juicio «todos los implicados (…) excluyeron motivos que justificasen una pena superior al mínimo legal», que luego se fijó en 12. años. Por ello, el Tribunal Supremo ha concluido que lo que corresponde ahora es aplicar la pena mínima, fijada en 10 años.

La nueva ley ha supuesto que el delito de agresión sexual incorpore el de abuso sexual, por lo que un delito que hasta ahora incluía conductas más graves incorpora otro menos grave, por lo que también se ha ampliado la bifurcación penal para abarcar todo el abanico de conductas ahora punibles como agresión sexual.

CASOS DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Con estas nuevas rebajas, fuentes consultadas por Europa Press confirman revisiones y rebajas de penas en 16 comunidades autónomas.

Según los datos recogidos hasta el momento, hay 20 en Madrid, 17 en Galicia, 17 en Andalucía, 15 en la Comunidad Valenciana, 12 en Castilla y León, 9 en Canarias, 8 en el País Vasco, 7 en Extremadura, 5 en Cantabria, 4 en Cataluña, 4 en Asturias, 4 en el Tribunal Supremo, 2 en Baleares, 2 en Murcia, 1 en Castilla-La Mancha, 1 en Navarra y 1 en La Rioja.

De estos 129 casos, 17 dieron lugar a excarcelaciones de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 de la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 de Extremadura, 1 de Castilla y León y 1 de la País Vasco – -por auto del Tribunal Supremo–.

En Galicia, en uno de los 17 casos de reducción registrados, se acordó la excarcelación de un hombre condenado por violencia sexual que había cumplido 11 de los 12 años de prisión que le habían sido impuestos, porque -según la nueva ley- han tenido que ser condenados a 7 años. En otro caso, se redujo en dos años la condena de un hombre que violó a una mujer que conoció a través de Tinder en Cambre.

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En Cantabria, que ya tiene 5 casos, hay dos rebajas de 7 años de prisión cada una. En concreto, pasaron de penas de 18 años de prisión a penas de 11 años por agresión sexual a una joven en un albergue de Santander.

22 VENTA EN UN DÍA

Hasta ahora, el día que más ventas registró fue el pasado 16 de diciembre, cuando se registraron 22 en 24 horas. La lista saltó del 65 al 87 un día después de que la justicia de Córdoba anunciara que había reducido las penas de prisión en 11 de las 32 condenas que había revisado bajo la ley «solo sí es sí».

La Audiencia de Córdoba precisó que en dos de estas sentencias se redujeron dos años de prisión para cada reo; en otros, un año, y en otros, varios meses.

En Castilla y León se han registrado otras tres rebajas, en concreto, en la Audiencia de Zamora. Asimismo, Galicia ha registrado otras tres rebajas: dos en la Audiencia de Pontevedra y una en A Coruña.

El País Vasco, por su parte, sumó dos ventas ese viernes. El juzgado de Álava rebajó la pena de prisión de 12 a 7 años para dos mujeres condenadas por agredir sexualmente a otra mujer en prisión.

Ese mismo viernes, en Canarias, el juzgado de Las Palmas modificó las penas de prisión de dos hombres por tentativa de agresión sexual y las redujo de 5 a 3 años y 11 meses.

La venta número 22 de ese día tuvo lugar en Cantabria, donde se redujo de 6 a 4 años la pena de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente a otra, con la que compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander.

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EL CRITERIO DEL SUPREMO

La semana pasada, la Corte Suprema dictaminó que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual es «obligatoria» porque es «más favorable» al reo. Lo hizo en la sentencia dictada en la resolución de los recursos del ‘caso Arandina’, cuya sentencia se adelantó el pasado 29 de noviembre pero fue divulgada íntegramente este miércoles.

El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la reforma penal al revisar la sentencia del ‘caso Arandina’ y condenó a dos exjugadores de ese club de fútbol a 9 años de prisión -y no 10, como pedía la fiscalía-. sólo sí es sí’.

Los magistrados elevaron las penas -de 4 a 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la similitud de edad y madurez entre el condenado y la víctima.

El Tribunal Supremo ha rebajado cuatro penas por delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal.

Las fuentes consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican los descuentos aumentará en los próximos días debido a las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.

Por Jose Luis Pastor Gomez

Jose Luis Pastor Gómez es un famoso periodista español. Nació el 5 de mayo de 1966 en Madrid, España. Tras finalizar sus estudios en la Universidad Complutense de Madrid, comenzó su carrera profesional como periodista en 1988. Ha trabajado para varios periódicos y revistas como El País, El Mundo y ABC. Además, ha colaborado en diferentes programas de radio y televisión. Su trabajo ha sido reconocido con varios premios, como el Premio Rey de España al Mérito Periodístico (2001) y el Premio Nacional de Periodismo (2002). En la actualidad, José Luis Pastor Gómez es miembro de la junta directiva de la Asociación Española de Editores de Periódicos (AEDE) y de la Asociación Internacional.

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