Las últimas 3 rebajas trascendieron esta semana y se produjeron en Asturias
MADRID, 31 de diciembre (EUROPA PRESS) –
Al cierre de 2022, el número de agresores sexuales condenados que se beneficiaron del nuevo marco sancionador previsto por la ley ‘solo el sí es sí’ asciende al menos a 133, entre revisiones de penas menores y posteriores condenas en aplicación de la ley. Un total de 17 personas han sido puestas en libertad desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del código penal. Las últimas 3 rebajas trascendieron esta semana y se produjeron en Asturias.
El primero de los casos se conoció el pasado martes, cuando la Audiencia Provincial de Oviedo accedió a la petición de un hombre de revisar su condena en virtud de la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad.
De conformidad con la Ley Orgánica para la Garantía Integral de la Libertad Sexual, los magistrados redujeron la pena de prisión impuesta al hombre de 13 años y 6 meses a 12 años y 6 meses por el delito continuado de agresión sexual a una menor de 13 años.
A esta rebaja se suman dos más que han tenido lugar en Asturias esta semana. El mismo tribunal provincial acordó reducir la pena de prisión de una persona condenada de 12 a 10 años. También consideró aplicar la ley a un hombre que cometió agresión sexual en 2017: en este caso, redujo la pena de 9 a 8 años de prisión.
En los 133 casos registrados hasta el momento, los magistrados explican que estas revisiones y rebajas de penas se realizan porque el mismo código penal, en su artículo 2.2, establece que siempre se debe aplicar al reo la ley «más favorable».
La ley del ‘solo sí es sí’ ha hecho que el delito de agresión sexual incorpore el de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora incluía una conducta más grave incorpora una menos grave, de modo que incluso se ha ampliado la bifurcación penal para cubrir toda la gama de conductas que ahora se castigan como agresión sexual.
Por ello, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican las bonificaciones seguirá creciendo debido a las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.
CASOS DE COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Con los tres nuevos casos registrados esta semana, se confirman revisiones y rebajas de penas en 16 comunidades autónomas.
Según los datos recogidos hasta el momento, hay 20 en Madrid, 18 en Galicia, 17 en Andalucía, 15 en la Comunidad Valenciana, 12 en Castilla y León, 9 en Canarias, 8 en el País Vasco, 7 en Asturias, 7 en Extremadura, 5 en Cantabria, 4 en Cataluña, 4 en el Tribunal Supremo, 2 en Baleares, 2 en Murcia, 1 en Castilla-La Mancha, 1 en Navarra y 1 en La Rioja.
De estos 133 casos, 17 dieron lugar a excarcelaciones de condenados: 6 de Madrid, 2 de Baleares, 2 de Galicia, 2 de la Comunidad Valenciana, 2 de Cantabria, 1 de Extremadura, 1 de Castilla y León y 1 de la País Vasco – -por auto del Tribunal Supremo–.
Entre las reducciones más sustanciales registradas, hay dos en Cantabria en las que se ha reducido la pena de prisión en 7 años. Así, el condenado pasó de 18 años de prisión a 11 años por agresión sexual a una joven en un albergue de Santander.
22 VENTA EN UN DÍA
Hasta ahora, el día que más ventas registró fue el pasado 16 de diciembre, cuando se registraron 22 en 24 horas. La lista saltó del 65 al 87 un día después de que la justicia de Córdoba anunciara que había reducido las penas de prisión en 11 de las 32 condenas que había revisado bajo la ley «solo sí es sí».
La Audiencia de Córdoba precisó que en dos de estas sentencias se redujeron dos años de prisión para cada reo; en otros, un año, y en otros, varios meses.
En Castilla y León se han registrado otras tres rebajas, en concreto, en la Audiencia de Zamora. Asimismo, Galicia ha registrado otras tres rebajas: dos en la Audiencia de Pontevedra y una en A Coruña.
El País Vasco, por su parte, sumó dos ventas ese viernes. El juzgado de Álava rebajó la pena de prisión de 12 a 7 años para dos mujeres condenadas por agredir sexualmente a otra mujer en prisión.
Ese mismo viernes, en Canarias, el juzgado de Las Palmas modificó las penas de prisión de dos hombres por tentativa de agresión sexual y las redujo de 5 a 3 años y 11 meses.
La venta número 22 de ese día tuvo lugar en Cantabria, donde se redujo de 6 a 4 años la pena de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente a otra, con la que compartía habitación en un centro psiquiátrico de Santander.
EL CRITERIO DEL SUPREMO
Al margen, el Supremo aseguró en la sentencia del ‘caso Arandina’ que la aplicación de la Ley Orgánica para la Garantía Integral de la Libertad Sexual es «obligatoria» porque es «más favorable» a la presa.
El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la reforma penal al revisar la sentencia del ‘caso Arandina’ y condenó a dos exjugadores de ese club de fútbol a 9 años de prisión -y no 10, como pedía la fiscalía-. sólo sí es sí’.
Los magistrados elevaron las penas -de 4 a 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la similitud de edad y madurez entre el condenado y la víctima.
El Tribunal Supremo ha rebajado cuatro penas por delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Uno de ellos se saldó con un estreno en el País Vasco.
Las fuentes consultadas explican que, si bien el ‘caso Arandina’ fue una primera manifestación, no sirve para asentar la doctrina porque es un asunto que ya estaba pendiente de apelación y tenía elementos jurídicos a considerar más allá de la nueva ley.
Las mismas fuentes indican que para que el Tribunal Supremo aclare las reglas de aplicación del ‘solo sí es sí’ a las sentencias firmes, tendrá que pronunciarse en la misma línea en casos similares. Y hasta que lo consigan, podrían pasar meses, señalan.